martes, 28 de mayo de 2024

JUAN LUIS VIVES Y LA ERRADICACIÓN DE LA POBREZA

Por José Antonio Artusi

Juan Luis Vives nació en Valencia el 6 de marzo de 1492 y murió en Brujas el 6 de mayo de 1540. 25 días después de su nacimiento los Reyes Católicos, Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla, promulgaron – a instancias de la Inquisición - el Decreto de Granada, por el que se expulsó a los judíos de España. Aunque suene extraño, tal norma fue derogada oficialmente recién en 1969, por el dictador Francisco Franco. 

Vives pertenecía a una familia de judíos conversos. Su padre fue condenado por la Inquisición y ejecutado en la hoguera, acusado de haber seguido profesando la religión de sus mayores. Los restos de su madre, que había muerto víctima de la peste, fueron desenterrados y quemados. Para ese momento Juan Luis ya había abandonado España, y tras enterarse de la tragedia de su padre juró nunca más volver a su tierra natal. Cabe acotar que desde 2015 una ley otorga el derecho a obtener la ciudadanía española a los descendientes de judíos sefardíes expulsados de España en 1492.

El Ministerio de Cultura del Reino de España lo recordó así en 2023: “figura destacada del humanismo renacentista en Europa, Vives fue un hombre ecléctico y universalista, que avanzó ideas innovadoras en múltiples materias, y propuso acciones en favor de la paz y unión de los europeos y la atención a los pobres”. Amigo de Erasmo de Rotterdam y de Thomas More, Vives desarrolló una intensa labor intelectual y académica en Brujas, Lovaina, Oxford y Londres. 

En 1526 publicó en Brujas un tratado que ha sido considerado uno de los antecedentes de la idea del ingreso ciudadano o ingreso básico universal, De subventione pauperum.

El economista y político brasileño Eduardo Matarazzo Suplicy 1 señala que “al escribir Utopía en 1516, Tomás Moro observó la inutilidad de la pena de muerte, que él argumentó no había logrado reducir los robos, asaltos y homicidios en la Inglaterra del siglo XVI, y que sería mejor sustituirla por un ingreso universal, que eliminaría la “espantosa necesidad de convertirse primero en ladrón y luego en cadáver”. Años más tarde, basándose en las reflexiones de Moro, un amigo suyo, Juan Luis Vives, hizo la primera propuesta para un ingreso básico mínimo en De subventione pauperum, que comunicó al alcalde de Brujas, ciudad flamenca de Bélgica entonces bajo control español. Las obras de Moro y Vives tuvieron gran influencia en las “leyes de pobres” creadas en Inglaterra y más tarde en España”. Matarazzo Suplicy comenta que esas leyes fueron duramente criticadas tanto por Adam Smith como por Carlos Marx, por atentar contra la libertad de los pobres al condenarlos a permanecer dentro de determinado territorio a cambio de la asistencia que recibían. 

Otros autores son más cautos, y entienden que el vínculo entre la obra de Vives y el desarrollo del concepto contemporáneo de ingreso ciudadano, universal e incondicional, si bien no puede negarse, es más bien indirecto. Philippe Van Parijs 2 considera que  “es un amigo íntimo de Tomás Moro quien puede ser considerado como el verdadero padre de la idea de un sistema de ingreso mínimo administrado públicamente, el antecesor de los numerosos sistemas nacionales de asistencia pública actuales y, por lo tanto, podría decirse que es un trampolín crucial en el camino hacia un ingreso básico incondicional” y sostiene que Vives “fue el primero en elaborar un esquema detallado y desarrollar un argumento integral para ello, basado tanto en consideraciones teológicas como pragmáticas”.

Van Parijs sostiene que “el tratado de Vives es la primera expresión sistemática de una larga tradición de pensamiento social y reforma institucional centrada en el ejercicio público de la compasión a través de planes gubernamentales dirigidos a los pobres en función de los recursos económicos. A pesar de las dificultades y dudas que suscitó el funcionamiento de las Poor Laws, los pensadores del nuevo régimen hicieron de la asistencia pública una función esencial del gobierno. Así, Montesquieu en L’Esprit des Lois (1748): “El Estado debe a todos sus ciudadanos una subsistencia segura, una alimentación, un vestido adecuado y un modo de vida que no perjudique su salud”. Esta línea de pensamiento finalmente condujo al establecimiento de esquemas integrales de ingreso mínimo garantizado financiados a nivel nacional en un número creciente de países, más recientemente, el reddito di cittadinanza de Italia (2019) y el ingreso mínimo vital de España (2020)”.

Es importante advertir, tal como lo plantea José Manuel Panea Márquez 3, que “Vives en ningún momento pretende dibujar una semblanza idealizada del pobre. Sabe que en muchas ocasiones no le son imputables la calamidad en la que viven él y los suyos. Y en su crudo enfoque sobre la pobreza llega incluso a considerarla como una enfermedad que, como tal, si no se atiende correctamente, correremos el riesgo de que se extienda como una plaga sobre toda la sociedad”. A su vez, este autor nos alerta que “no debemos pensar que, pese a las críticas de Vives a la acumulación sin escrúpulos de riqueza, éste estaría proponiendo abolir la propiedad privada. Tal inferencia no sería correcta. Vives cuestiona el afán desmedido de lucro, o los modos inapropiados de obtenerlo, mas no la propiedad”.

A casi 500 años de la publicación de De subventione pauperum, los interrogantes que se planteara Juan Luis Vives acerca de las causas y las consecuencias de la pobreza nos siguen interpelando. Las propuestas que el exiliado valenciano imaginó para su tiempo histórico seguramente no nos servirán como recetas para el presente, pero sus ideas siguen constituyendo un valioso aporte a un debate más vigente y necesario que nunca. Un debate que debería llevarnos a idear e implementar las medidas que nos permitan algún día erradicar la pobreza y recordarla como una odiosa rémora del pasado, incompatible con una verdadera democracia republicana. -      

 

1)      https://www.wilsoncenter.org/publication/citizens-basic-income

2)      https://basicincome.org/history/

3)      https://revistas.comillas.edu/index.php/pensamiento/article/view/8345/7964

 

 

Publicado en el diario La Calle el 26 de Mayo de 2024.-

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