martes, 23 de abril de 2024

VOLVER A ALBERDI

Por José Antonio Artusi

Juan Bautista Alberdi nació en Tucumán el 29 de Agosto de 1810 y murió en Neuilly-sur-Seine, Francia,  el 19 de junio de 1884. Por diversas razones, cerca del 140º aniversario de su muerte, Alberdi vuelve a estar de moda, lo que no deja de ser una buena noticia. En tanto moda, el renovado interés en el autor de las “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina” puede ser una cuestión meramente superficial y pasajera, o bien puede constituir un rescate genuino de su pensamiento, trayéndolo al presente desde su conocimiento cabal y desde un análisis riguroso de la vigencia de sus postulados.   

Para Roberto Cortés Conde “Alberdi como Sarmiento y los hombres de su generación no escribían por un interés solamente intelectual; su propósito era, por sobre todo, influir en los acontecimientos, explicar, divulgar y promover ideas que contribuyeran al progreso del país”. Cortés Conde asevera que Alberdi “sostuvo que el sistema económico de nuestra Constitución es uno de libertad tal como lo había concebido Adam Smith”, y en el prólogo de una edición de su libro “Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina según la Constitución de 1853”, plantea que “en esta obra Alberdi delineó el programa económico de la Constitución que, finalmente organizada la Nación, se llevó a la práctica con notable éxito”.       

El economista Eduardo Conesa señala que “Alberdi, el diseñador de las grandes líneas de nuestra Constitución histórica conocía perfectamente la obra y la escuela de Adam Smith. Y luego de prodigar elogios sin par a este autor por ensalzar el valor del trabajo como fuente verdadera y última de la riqueza, dice sin medias tintas en su ya citado libro sobre el sistema económico y rentístico de la Constitución Argentina: “A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esta Constitución”. Es interesante destacar que Conesa hace esos comentario sobre Alberdi en el marco de la fundamentación de su propuesta de una reforma al sistema impositivo argentino, al establecer un impuesto nacional  al valor venal de las tierras urbanas y rurales libres de mejoras en sustitución de los impuestos a los ingresos brutos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que “tendría consecuencias sinérgicas importantes para el aumento de la producción agropecuaria, la expansión de la industria de la construcción, la creación de empleos, el aumento de los salarios reales en un 12%, la mejora en la recaudación impositiva provincial, municipal y nacional. Además de promover la correspondencia fiscal, la reducción de la evasión y la justicia distributiva conjuntamente con la eficiencia económica”. No casualmente, también recurre a Adam Smith para fundamentar su propuesta: “ya en el Libro V Capítulo 2 de La riqueza de las Naciones de 1776, parece favorecer el impuesto a la renta de la tierra y hace referencias a la “ingeniosa teoría” de los fisiócratas franceses al respecto”.

Dejemos, para finalizar, que Alberdi nos hable con sus propias palabras, en su “Sistema económico y rentístico…”:

“Los medios ordinarios del llamado sistema protector o proteccionista consistente en la prohibición de importar ciertos productos son vedados de todo punto por la Constitución Argentina... semejantes medios son la protección dada a la estupidez y a la pereza, el más torpe de los privilegios”.

“En el interés de la población y del bienestar y prosperidad de la República Argentina, propósitos supremos de su Constitución vigente, la ley orgánica, inspirada en esas miras, debe reglar el sistema del arrendamiento territorial, de modo que sirva para colocar la tierra al alcance de los inmigrantes y nuevos pobladores. Conviene reorganizar el arrendamiento territorial en provecho del arrendatario, y no del propietario ocioso y explotador, al revés de nuestro actual sistema de origen romano-feudal, ineconómico y estéril, que sacrifica el trabajo, la población y la riqueza al ascendiente de los señores de la tierra.”

“No tengo noticia de que Constitución alguna de ambas Américas, ni de ningún país del mundo, iguale a la Argentina en espíritu de hospitalidad y de fraternidad hacia el extranjero;…”

“La Aduana entra pues, en el número de los males inevitables de la República Argentina, como figura en las rentas de los países más libres de la Tierra. Es un legado doloroso de los errores de otros siglos. Sin embargo, al legislador le incumbe reducirlo a sus menores dimensiones…”.

“Lo que agota y destruye la riqueza privada no es la contribución, pues al contrario ésta la defiende y conserva; es el despojo, el pillaje que hace el despotismo, no para sus gastos, sino para sus excesos. Aunque el despotismo suele nacer por su propio instinto, como cualquier animal dañino, uno de los medios de provocar su aparición, es negar la contribución legítima al gobierno de libertad. Si matáis por hambre al gobierno legítimo, le reemplaza el despotismo, que con sable en mano os arrebata el pan de la boca y os reduce a la desnudez. El gobierno libre come lo mismo que el gobierno tirano, y de eso vive. La contribución es su alimento; arrebatársela es fundar el despotismo, y perder toda la fortuna por haber querido ahorrar una pequeña parte.”

Volvamos a Alberdi, pero en serio. Volvamos a un liberalismo republicano e igualitario, cerca de nuestras mejores tradiciones, y lejos de inconducentes delirios anarquistas.-        

 

Publicado en el diario La Calle el día 21 de Abril de 2024.-

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