miércoles, 9 de marzo de 2022

EL IMPUESTO A LAS VIVIENDAS DESOCUPADAS NO ES LA MEJOR ALTERNATIVA

Por José Antonio Artusi

En nuestro país, como en muchos otros, se da una notable y triste paradoja. Conviven un altísimo y crónico déficit habitacional por un lado, y una enorme cantidad de viviendas desocupadas, por diversas razones, por otro. Vale decir, gente sin casas, y casas sin gente.

El Censo que se avecina nos dará un panorama más preciso, pero diversas estimaciones muestran un déficit habitacional cercano a los 4 millones de hogares y en 2010 se relevaron en el censo de ese año 2.494.618 viviendas deshabitadas, el 18% del total. 

El gobierno nacional estaría evaluando la posibilidad de implementar un impuesto que grave las viviendas desocupadas, como una forma de promover su entrada al mercado, ya sea de compra venta o de alquiler, aumentando de esa manera la oferta y haciendo por ende disminuir los precios. El razonamiento tiene algo de lógica, y es verdad que gravámenes similares se utilizan en diversos países, pero no se trata de la herramienta más adecuada en nuestro país, ya de por sí con una agobiante presión tributaria basada en malos impuestos. Y podría generar efectos adversos no buscados, tal como aconteció con la ley de alquileres.

Si lo que se pretende penalizar es la especulación inmobiliaria, un tributo como este deja afuera a una enorme cantidad de parcelas urbanas en áreas consolidadas que no tienen edificación alguna o que tienen edificios no destinados a uso residencial. Por otro lado, podría incluir a viviendas transitoriamente desocupadas por diversos motivos, absolutamente ajenos al afán especulativo del propietario.  Podría darse de esta manera el injusto caso de una manzana en la que convivan terrenos baldíos y edificaciones ruinosas no residenciales que no serían alcanzadas por el impuesto, y viviendas desocupadas temporariamente porque sus dueños están esperando contar con recursos suficientes para ampliarla o refaccionarla, porque están esperando ofertas razonables de venta o alquiler, o por cualquier otro motivo distinto a la búsqueda por parte del propietario de quedarse con la valorización del suelo generada por la comunidad, que sí estarían incluídas en la nómina de inmuebles sujetos al tributo. Es decir, tiene problemas de inclusión y exclusión, fundamentales en el diseño de cualquier política pública. Idéntico problema tienen los recargos al lote baldío usuales en el impuesto inmobiliario en algunas provincias y en tasas municipales. En este caso penalizan al lote no edificado pero no a las viviendas u otros edificios desocupados. Otro problema de implementación radica en la dificultad para determinar lo que se entenderá por vivienda desocupada y los costos administrativos de verificar tal condición.

Una alternativa superadora, mucho más simple y conveniente, que no adolecería de los problemas mencionados, consistiría en reformar el impuesto inmobiliario desgravando por completo las mejoras y construcciones, de modo tal de tener solamente en cuenta el valor del suelo para el cálculo del tributo. Idealmente debería ser en el marco de una reforma integral que articule los sistemas provinciales con el nacional, por el que se eliminen impuestos regresivos y distorsivos como ingresos brutos y se desgrave por completo el trabajo y la inversión de capital destinada a la construcción, compra y alquiler de viviendas.

El impuesto al valor del suelo libre de mejoras tiene algunas particularidades que lo han hecho merecedor de las recomendaciones de economistas de las más diversas escuelas, desde los fisiócratas franceses, Adam Smith y David Ricardo, pasando por Henry George, hasta Milton Friedman, que llegó a calificarlo como el “menos malo” de todos los impuestos. Entre las muchas ventajas que presenta figuran que no genera pérdida de eficiencia económica y no se puede trasladar a los precios. Esto se deriva de la naturaleza de la fijación de su precio. El precio en el mercado de una parcela refleja la renta capitalizada que podría generar si fuera destinada a su mayor y mejor uso. El precio en definitiva surge de lo que la demanda está dispuesta y apta a ofrecer por esa parcela. Así, el impuesto actúa como un descuento del valor de mercado. Si los propietarios pretendieran un precio mayor no podrían obtenerlo, porque la demanda ya está en su valor máximo “antes” del impuesto. A su vez, el tributo cargaría un costo financiero, en cualquier caso, a los propietarios que dejan todo o parte del terreno sin uso, ya sea una vivienda desocupada, un edificio en ruinas o un lote baldío, convirtiendo en onerosa su retención especulativa. Por lo tanto, se incentivaría de esta manera su construcción y uso o bien su ingreso al mercado, aumentando la oferta y generando de esta manera un impulso a la baja de los precios.

De ahí se desprende que un impuesto al valor del suelo libre de mejoras (que es lo que obtendríamos de una reforma del inmobiliario que desgrave las construcciones; no se necesita ningún impuesto nuevo) es la mejor forma de desalentar el suelo vacante o sub utilizado en las áreas consolidadas de nuestras ciudades. Si una medida de ese tipo se complementa con la reducción o eliminación de otros tributos que castigan el capital y el trabajo, y si de esta manera se promueve la construcción de viviendas, combinado con una reactivación del crédito hipotecario y la merma de la inflación, se habrá hecho mucho por avanzar efectivamente – sin declamaciones ni medidas inconducentes – en pos de garantizar para todos el derecho a la vivienda digna.-           


Publicado en el diario La Calle el día 27 de Febrero de 2022.-    

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