jueves, 7 de diciembre de 2017

Adhesión al consenso fiscal: para Artusi “sigue siendo una asignatura pendiente una profunda reforma tributaria” provincial

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El diputado provincial José Antonio Artusi (Cambiemos) manifestó que el proyecto de ley que envió el Poder Ejecutivo Provincial a la Legislatura modificando varios impuestos como modo de comenzar a cumplir los compromisos asumidos en el marco del acuerdo denominado "Consenso Fiscal", suscripto por los gobernadores y el Presidente Macri el 16 de Noviembre, "es un avance, pero debemos advertir que sigue siendo una asignatura pendiente concretar una profunda reforma de carácter integral del sistema tributario en la provincia de Entre Ríos". En tal sentido, el legislador uruguayense recordó que el "Consenso Fiscal" tiene en cuenta que en agosto de 2016, "el Estado Nacional, las provincias y la CABA se comprometieron a implementar políticas tributarias destinadas a promover el aumento de la tasa de inversión y de empleo privado, que alivianen la carga tributaria de aquellos impuestos que presentan mayores efectos distorsivos sobre la actividad económica, estableciendo niveles de imposición acordes con el desarrollo competitivo de las diversas actividades económicas y con la capacidad contributiva" , a la vez que puso de relieve que "el Estado Nacional viene implementando un programa de reducción de la carga tributaria, el cual lleva acumulado en los últimos dos años una disminución en la presión tributaria equivalente a dos puntos porcentuales del Producto Interno Bruto". Artusi señaló que "las provincias se han comprometido a introducir modificaciones en el impuesto a los ingresos brutos, a los sellos, tributos sobre la nómina salarial, e impuesto inmobiliario, y en el proyecto remitido se avanza sobre todo en los 3 primeros, pero prácticamente no se modifica la estructura del impuesto inmobiliario, salvo por la eximición del impuesto a los jubilados que vivan en su única vivienda y perciban bajos ingresos, lo que nos parece una buena medida". En ese sentido el legislador radical enfatizó que "será por ello necesario encarar el año que viene un proceso de reformas profundas e integrales del sistema tributario entrerriano", e informó que tiene estado parlamentario un proyecto de su autoría tendiente a generar un debate que logre acuerdos concretos en esta materia. La iniciativa del diputado Artusi consiste en la creación de una comisión bicameral para la reforma tributaria provincial. En los fundamentos del proyecto Artusi considera que "la Constitución de la Provincia de Entre Ríos establece, en su artículo 79, que “la Legislatura, al dictar las leyes de carácter tributario, propenderá a la eliminación paulatina de los impuestos que pesen sobre los artículos de primera necesidad, debiendo evolucionar hacia la adopción de un régimen impositivo basado en los impuestos directos y en los que recaigan sobre los artículos superfluos”. Sin embargo, la realidad dista muchísimo de parecerse a la evolución señalada como mandato por los constituyentes. La provincia tiene, al igual que sus hermanas de la Región Centro y del país en su conjunto, una matriz tributaria en la que predomina un impuesto indirecto, regresivo y distorsivo como es el impuesto a los ingresos brutos", y al respecto informó que en los primeros 9 meses del año este tributo representó casi el 60% de la recaudación propia". El diputado Artusi opinó que "en 2018 deberemos debatir con tiempo estas cuestiones, para evitar que nos pase lo de este año, en el que se hicieron las cosas al revés, primero se trató el presupuesto, y luego se modifican los impuestos que van originar los ingresos que figuran en el presupuesto". Falmente, consideró que "vamos a aprovechar el cuarto intermedio en la sesión hasta la semana que viene para estudiar en detalle el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, y seguramente propondremos algunas modificaciones para mejorar el texto". El texto completo del proyecto de ley de creación de la comisión bicameral para la reforma tributaria puede consultarse en el siguiente enlace: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=22206
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jueves, 23 de noviembre de 2017

EL DIPUTADO ARTUSI PROPONE INSTRUMENTAR UN SISTEMA INTEGRAL DE SALUD PUBLICA EN ENTRE RIOS

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El diputado provincial José Antonio Artusi (Cambiemos) presentó un proyecto de ley por el que propone la implementación de un Sistema Integral de Salud Pública en la Provincia de Entre Ríos.
La iniciativa del legislador uruguayense, que tomó estado parlamentario en la sesión que tuvo lugar el Miércoles 22 de Noviembre y que cuenta con la firma de todos los integrantes del bloque Cambiemos, fue girada a la Comisión de Salud Pública y Acción Social. 
Artusi señaló que "este proyecto de ley reproduce el que presentáramos el día 18 de Diciembre de 2009 (Expediente 17.724). El 21 de Diciembre de 2009 tomó estado parlamentario y fue girado a la Comisión de Salud Pública, presidida en ese entonces por el Diputado Darío Argain, ámbito en el que fue objeto de un exhaustivo análisis, que contó con el aporte de numerosas organizaciones y asesores. Se procedió en ese momento a unificar dicho expediente con el nº 16.809, una iniciativa de autoría del Presidente de la Comisión, con numerosos puntos de contacto y coincidencias. Es así que se obtuvo un dictamen favorable el día 27/4/11 y se trató en el recinto el día 11/5/11, obteniendo aprobación por unanimidad. Lamentablemente en el Senado no tuvo similar suerte, habiendo pasado al archivo el día 17/12/2015. Entendemos necesario insistir en la propuesta, ya que en su momento contó con el acompañamiento del oficialismo y la oposición". 
En los fundamentos de la iniciativa el legislador radical consideró que "tiene por objeto garantizar el derecho a la salud como un derecho fundamental, individual y social, mediante la regulación y ordenamiento de todas las acciones conducentes a tal fin, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 19 de la Constitución Provincial", a la vez que recordó que el proyecto estuvo basado en documentos elaborados oportunamente por la Comisión de Salud del Instituto de Políticas Públicas de la Unión Cívica Radical de Entre Ríos. José Antonio Artusi señaló que "no podemos dejar de considerar la necesidad de partir desde lo que manda la Constitución de la Provincia reformada en 2008, que – en su artículo 19 – reconoce a la salud como un derecho humano y plantea una serie de instrumentos concretos: políticas de atención primaria; asistencia sanitaria gratuita, universal, igualitaria, integral, adecuada y oportuna; prioridad de la inversión en salud; garantía del primer nivel de atención, la formación y la capacitación. También se establece allí la implementación de un seguro provincial de salud y una progresiva descentralización hospitalaria, así como el reconocimiento de los medicamentos como un bien social básico, la regulación estatal y la fiscalización del circuito de producción, comercialización y consumo de medicamentos y productos alimenticios, la acreditación de los servicios en salud y la jerarquización del nivel de atención hospitalaria de tiempo completo. Otros artículos se refieren también, directa o indirectamente, a la salud: artículo 20 (derechos sexuales y reproductivos), artículo 21 (personas con discapacidad), artículo 22 (derecho a un ambiente sano), artículo 24 (derecho a la alimentación y a un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia en determinadas situaciones), artículo 25 (derecho a la vivienda), etc..". 
Por otro lado, el diputado Artusi manifestó que "Entre Ríos no es una isla, y en ese sentido, tal como se expresa en la Plataforma de Cambiemos, es imprescindible reconocer que el sistema de salud argentino es un sistema fragmentado, segmentado y sin coordinación, con resultados ineficientes e inequitativos a pesar de que el país invierte en salud entre 8% y 10% de su economía, un nivel muy superior a los de muchos países de ingresos medios y altos. El sistema de salud está fragmentado administrativamente (descentralización provincial), segmentado por tipo de cobertura (sector público, obras sociales y medicina prepaga) y con demasiados actores y fuentes de recursos. La falta de coordinación de los 24 ministerios de salud provinciales, igual número de obras sociales provinciales, unos 250 fondos de seguridad social, PAMI, 50 empresas de medicina prepaga y múltiples fondos municipales son una muestra clara de la desintegración del sistema.” 
El proyecto de ley prevé la implementación y coordinación del Sistema Integral de Salud de la Provincia de Entre Ríos (SISPER), que estaría constituido por el conjunto de recursos de salud de dependencia estatal, de la seguridad social, de la sociedad civil y del sector privado que se desempeñan en el territorio de la Provincia; dicho sistema aseguraría el acceso a servicios integrales de salud a todos los habitantes. El texto completo del proyecto (Expediente 22.567) puede consultarse en el siguiente enlace: http://www.hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=22567
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lunes, 13 de noviembre de 2017

APORTES AL DEBATE SOBRE UN PROGRAMA DE POLÍTICA PÚBLICA DE SALUD EN ENTRE RÍOS

Aportes Al Debate en Torno a La Elaboración de Un Programa de Política Pública de Salud en La Provincia de... by José Antonio Artusi on Scribd

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miércoles, 8 de noviembre de 2017

Dialogando con Jorge Kleiman en Tribuna Libre

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viernes, 27 de octubre de 2017

EL DIPUTADO ARTUSI PRESENTO UN PROYECTO DE LEY GENERAL DE SEGURIDAD PARA LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

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Ingresó en la sesión del pasado martes de la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto del diputado José Antonio Artusi (Cambiemos) por el que se propone la creación de un Sistema Integral de Seguridad Pública. La iniciativa del legislador uruguayense plantea definir a la seguridad pública como "la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida, la integridad física y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en el marco de la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establecen la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Entre Ríos". En los fundamentos del proyecto Artusi señala que "una de las principales demandas de la sociedad es la de conseguir condiciones de seguridad y combatir el delito y la violencia. La ciudadanía entrerriana espera que el Estado pueda garantizar el derecho a la seguridad ciudadana, a vivir en paz y armonía en nuestras comunidades, sin temor a ser víctimas de delitos. El artículo 32 de la Constitución de la Provincia establece que “El Estado asume como deber irrenunciable la seguridad ciudadana mediante políticas de prevención del delito y de asistencia a la víctima”. El presente proyecto de ley pretende sentar las bases para la creación y funcionamiento de un Sistema Integral de Seguridad Pública en nuestra provincia, que genere condiciones efectivas para la planificación e implementación de políticas públicas eficaces en la materia, con sentido moderno y abarcativo, teniendo en cuenta la complejidad y conflictividad de los procesos que constituyen causas y factores de riesgo de las conductas delictivas y violentas." Más adelante, el legislador radical asegura que "concebimos a la seguridad ciudadana como un derecho humano y social que debe ser garantizado por el Estado, centrándose en la prevención y otorgando un rol protagónico a la integralidad e intersectorialidad de las políticas públicas, alejándonos de esta manera de un enfoque centrado exclusivamente en el accionar de la institución policial, y pasando a un esquema en el que ésta recupere capacidad de gestión articulando acciones con otros organismos del Estado y apoyándose fuertemente en la participación comunitaria". 
El texto completo del proyecto puede consultarse en el siguiente enlace: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=22468
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jueves, 28 de septiembre de 2017

EL DIPUTADO ARTUSI PROPUSO UNA LEY PARA RECONOCER LAS UNIVERSIDADES POPULARES ENTRERRIANAS

El diputado provincial José Antonio Artusi (Cambiemos) presentó un proyecto de ley tendiente a "promover la creación, la consolidación, el reconocimiento jurídico y el sostenimiento de las Universidades Populares existentes y a crearse en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, como parte integrante del Sistema Educativo Provincial". La iniciativa del legislador radical apunta a brindar reconocimiento académico y asignación presupuestaria a las universidades populares que existen en la provincia, la de Concepción del Uruguay y la de Paraná, y las que puedan crearse en el futuro al amparo de la norma propuesta. En los fundamentos del proyecto, Artusi considera que "sin perjuicio de la posibilidad de contar el día de mañana con una ley nacional en la materia, entendemos necesario avanzar en la sanción de una norma provincial que proteja, regule y promueva a las universidades populares entrerrianas; no sólo a través del reconocimiento académico, sino también con la asignación de recursos presupuestarios, de acuerdo a las disponibilidades del erario provincial, y en mérito a la provechosa labor que estas instituciones realizan en pos del bien común". El proyecto de ley define a las universidades populares como "aquella institución educativa, de gestión estatal, privada, cooperativa o social, que, bajo el paradigma de la educación permanente, promueve una educación inclusiva, equitativa y de calidad, desarrollando oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida", y plantea que sus actividades podrán estar comprendidas en la modalidad “Educación Técnico Profesional” establecida en el Capítulo VIII de la Ley nº 9.890, en la modalidad “Educación Permanente de Jóvenes y Adultos” establecida en el Capítulo X, y/o en la instancia “Educación No Formal” prevista en el Título VIII de la mencionada Ley. El texto completo del proyecto de ley puede consultarse en el siguiente link: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=22396
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domingo, 24 de septiembre de 2017

Charla sobre Urbanismo, Política y Gestión Urbana en Chajarí

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Muchas gracias a los amigos del Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal de Chajarí por la invitación a brindar esta charla, el Viernes a la noche. Fue una alegría encontrarme con compañeros de la facultad como Mario Coulleri, Presidente del Colegio de Arquitectos de Entre Ríos, y con ex alumnas que pasaron por nuestra cátedra y hoy son jóvenes profesionales comprometidas con su comunidad. Y fue muy grato compartir un buen momento con concejales, funcionarios, y vecinos, debatiendo sobre los desafíos contemporáneos de las ciudades. Hablamos de varios temas, de la necesidad de planificar el desarrollo urbano, de las implicancias de tener ciudades cada vez menos densas, del impacto de las políticas habitacionales en la forma urbana, de palabritas de moda como sostenibilidad, resiliencia, participación, etc., de la NO ciudad que resulta como producto de intervenciones desafortunadas del Estado, del mercado y de la sociedad civil, de la movilidad, del derecho a la ciudad, de recuperación de plusvalías, de planificación a diversas escalas, de integración regional y cooperación intermunicipal, de complejidad y mixtura de usos y sectores sociales en los tejidos urbanos, de cómo la política de vivienda puede ayudar a construir ciudades más densas, compactas, equitativas, lindas, sostenibles, saludables y seguras. El debate y la participación de los asistentes fue para mí muy enriquecedor y estimulante. Nuevamente, muchas gracias.
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#ChajariEstaCambiando...

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El Viernes estuve en Chajarí para dar una charla sobre Urbanismo, Política y Gestión Urbana. Pero antes, a la tarde, recorrí, acompañado por Gabriela Lena, el "Bicho" Dalmolin y jóvenes profesionales del municipio, algunas de las obras que están llevando adelante. En primer lugar, el Proyecto Fusión, que - en el marco del Plan Nacional de Hábitat - está desarrollando mejoras en el espacio público, la infraestructura y las viviendas de 3 barrios de la ciudad; agua potable, cloacas, veredas, alumbrado, núcleos húmedos, ampliación y refacción de viviendas existentes, una plaza, etc.. Pudimos observar in situ algunas de las viviendas y conversar con los vecinos. Después fuimos a ver los loteos que está haciendo la municipalidad para proveer de suelo urbanizado y bien localizado a quienes lo necesitan para acceder a la primera vivienda propia. Un banco de suelo que muestra a las claras que los gobiernos locales pueden intervenir de manera virtuosa en el mercado de suelo cuando se tiene voluntad política y algunas ideas en claro. Y finalmente pudimos observar algunas de las viviendas que se están construyendo por parte de pequeñas empresas constructoras locales destinadas a vecinos que poseen terreno, a través de un programa municipal denominado Construir Futuro. Van a poder pagar su vivienda de 2 dormitorios en 10 años con una cuota similar o menor a la de un alquiler. Los diseños son flexibles, permiten futuras ampliaciones y en la dirección de obra también trabajan profesionales locales. Antes de la charla tuvimos una reunión de trabajo con funcionarios del gabinete del Presidente Municipal Pedro Galimberti y del Concejo Deliberante, en la que debatimos sobre diversos temas vinculados a los desafíos urbanisticos de las gestiones locales. A la noche fue la charla, pero sobre esto voy a escribir otra nota. En la tarde del Viernes aprendí mucho. Siempre es bueno cotejar los marcos teóricos que vemos en la academia con la realidad concreta y con los desafíos de quienes tienen que llevar adelante en el territorio la implementación de las políticas públicas, interactuando directamente con los ciudadanos que son sus beneficiarios.
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domingo, 10 de septiembre de 2017

DIPUTADOS DE CAMBIEMOS PROPONEN CREAR EL FONDO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA

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El bloque de diputados provinciales de Cambiemos presentó un proyecto de ley tendiente a crear en la Provincia de Entre Ríos el Fondo Provincial de la Vivienda y el Hábitat. El diputado José Antonio Artusi, autor de la iniciativa, manifestó que el propósito central consiste en dotar de más recursos al IAPV para permitir que se logren más y mejores soluciones habitacionales destinadas a las familias entrerrianas que más necesitan una ayuda del Estado para acceder efectivamente al derecho a una vivienda digna consagrado en nuestra Constitución Provincial en su artículo 25. Artusi señaló que "planteamos la creación del Fondo Provincial de la Vivienda y el Hábitat, pero cabe recordar que se trata en realidad de recrear un instituto que tuvo una efímera existencia en nuestra provincia, entre 1989 y 1996". En los fundamentos del proyecto se considera que "los recursos del FONAVI y de los programas federales, y ahora del Plan Nacional de Vivienda no han sido ni serán suficientes por sí solos para dar respuestas adecuadas al acuciante déficit habitacional que sufre nuestro país, en general, y la provincia de Entre Ríos en particular, y es por ello que proponemos dotar al IAPV de otros recursos que aumenten su disponibilidad financiera y con ello su capacidad de afrontar más y mejores soluciones habitacionales." El legislador radical expresó que "algunos datos nos permiten tener una idea del estado de situación de la problemática de la vivienda y el hábitat en nuestro país: 
- El problema de la vivienda es uno de los más importantes que padecemos hoy. - En Argentina hay un déficit habitacional de 3.500.000 hogares que padecen diariamente 12 millones de personas. Faltan 1.500.000 viviendas y 2.000.000 necesitan ser refaccionadas o tener mejor infraestructura. Compárense estas cifras que dimensionan el déficit con lo hecho en los últimos años: durante los años 2014 y 2015 se terminaron en todo el país, sumando FONAVI más Programas Federales, un total de 60.331 viviendas, a razón de un promedio de 30.165 por año. A ese ritmo, suponiendo que el déficit no aumentara por arte de magia, aún así harían falta 50 años para llegar a construir las viviendas que cubrieran dicho déficit. Obsérvese que el promedio del bienio 2014-2015 es inferior al registrado durante 2000 y 2001, en plena crisis y cuando sólo se contaba con recursos del FONAVI: 32.493 viviendas terminadas por año. 
- Entre Ríos no es una isla dentro de este panorama. En efecto, a pesar de contar con los recursos adicionales de los Programas Federales, el promedio anual de viviendas terminadas en el período 2012-2015 sólo ascendió a 1251 viviendas, muy poco por encima del período 2000- 2003, cuando no se contaba con los recursos de programas fedrales, en el que se llegó a un promedio de 1130 viviendas terminadas por año. Este promedio subió en el período siguiente (2004-2007), a 1525, para descender nuevamente durante 2008 y 2011, a 1051, incluso por debajo del período 2000-2003, en plena crisis antes y después del estallido de la convertibilidad. 
- En Argentina hay 12 millones de personas que necesitan un lugar donde vivir o mejorar las condiciones en que se encuentran sus viviendas y su entorno. 
- La situación afecta ya a casi el 30% de las familias; pero sin embargo Argentina es uno de los países de Latinoamérica que menos invirtió – y que peor invirtió – para revertir esta situación. - En los últimos 15 años el problema se incrementó por la discrecionalidad en el manejo de los recursos públicos. - Demasiado frecuentemente los recursos del Estado no llegaron a quienes correspondía, es decir a quienes más lo necesitaban. Muchas personas pasaron a vivir en condiciones precarias. Si hay algo que el recientemente implementado Registro Nacional de Barrios Populares demuestra es la magnitud de la vulneración de derechos que implica para millones de argentinos el carecer de una vivienda digna y un hábitat adecuado para el desarrollo humano. Sólo para dar un ejemplo, en Concepción del Uruguay existen al menos 19 “barrios populares”, asentamiento o villas en los que centenares de familias viven en un contexto de privaciones y vulnerabilidad social y ambiental. Sin embargo, muchas veces la falta de transparencia y de criterios claros y objetivos para la adjudicación de soluciones habitacionales y su contracara, la discrecionalidad de los decisores políticos alimentando mecanismos clientelares de dominación política han llevado a la selección de beneficiarios que, sin dejar de ser sujetos de derechos, están muy lejos de pertenecer a los estratos de menores ingresos. Esto ha llevado a que se pierda de vista la noción de la vivienda digna como un derecho universal y ha reforzado la tendencia de buena parte de la sociedad a demandar soluciones habitacionales a los poderosos de turno como si fueran un favor, una concesión graciosa que genera la obligación de una contrapartida en términos de apoyo político, y no una respuesta fundada del Estado a una privación de derechos. 
- Nuestro esfuerzo debe centrarse no sólo en proveer vivienda, sino también en pensar y construir ciudades, poniendo en un lugar relevante el concepto del derecho a la ciudad y los lineamientos de la Nueva Agenda Urbana. La mayor parte del costo que debemos afrontar hoy para urbanizar y mejorar nuestras ciudades es causa del crecimiento desordenado y la falta de planificación del uso del suelo; cuestión que debemos revertir a través de desarrollos urbanos integrados y vinculados armónicamente con las áreas rurales, procurando el desarrollo sostenible y la inclusión social. - Mediante la Nueva Agenda Urbana adoptada en la CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA VIVIENDA Y EL DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE (Hábitat III – Quito, 2016), los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometieron a incrementar la seguridad de la tenencia para todos, reconociendo la pluralidad de tipos de tenencia, y a promover la implementación de programas de desarrollo urbano sostenible con estrategias centradas en las necesidades de vivienda y de las personas. - La política de vivienda puede y debe ser un ingrediente fundamental para pensar el funcionamiento integral de las ciudades y densificar inteligentemente brinda economías de escala y de aglomeración, ahorra recursos, favorece la construcción de ciudadanía y fomenta la mixtura social de manera armónica. 
- Frente a este panorama el gobierno nacional ha puesto en marcha una estrategia nacional de vivienda y hábitat, de la que el Plan Nacional de Vivienda forma parte; entendiendo que la vivienda digna es la base para el desarrollo de una familia y de las personas que la integran, y las políticas públicas de vivienda y hábitat deben ser un componente central de la lucha contra la pobreza. 
- El Plan Nacional de Vivienda es integral, y requiere que las provincias, a través de los institutos provinciales de vivienda, los municipios, las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, asuman, cada uno en la esfera de sus competencias y obligaciones, un nuevo rol activo para articular de la manera más eficiente posible los esfuerzos de todos en pos del bien común. Es por ello que una de las motivaciones del presente proyecto de ley es favorecer la adecuación de las acciones del IAPV y de los municipios al nuevo escenario que supone la estrategia nacional de vivienda y hábitat. " 
El Fondo Provincial de la Vivienda se integraría, además de los recursos de origen nacional y el recupero de las cuotas que actualmente percibe el IAPV, con los siguientes recursos de origen provincial: 
- El 10% de la recaudación del impuesto inmobiliario. 
- El 10% de los ingresos del IAFAS. 
- Los recursos provenientes del recupero de inversiones en infraestructura de servicios públicos y/o equipamiento comunitario que generen valorización del suelo, a través de la implementación de mecanismos de contribución especial por mejoras u otros instrumentos de captación del plusvalor generado por la inversión pública. 
- Los recursos provenientes de la captación de plusvalías generadas por decisiones administrativas de los municipios que produzcan incrementos del valor del suelo (aumento de la edificabilidad, derechos adicionales de construcción, zonificación, conversión del suelo de uso rural a urbano, etc.). 
- Los recursos provenientes de la recuperación de plusvalías generadas por proyectos de renovación urbana que incluyan viviendas, redes de infraestructuras y equipamiento comunitario financiados total o parcialmente con fondos del FOPROVIHAB; de acuerdo a los convenios que en cada caso se suscriban con municipios y demás organismos públicos y privados intervinientes en dichos proyectos. 
Estos últimos tres ítems están basados en los principios de la recuperación de plusvalías, concepto que se refiere al recupero total o parcial, por parte del Estado, de los aumentos en el valor del suelo generados por acciones diferentes a la inversión o esfuerzo directo del propietario, y que, por lo tanto constituirían ganancias inmerecidas o enriquecimiento sin justa causa. El objetivo que buscan los instrumentos de recuperación de plusvalías es, además de procurar un principio básico de justicia urbana y equidad social, basarse en los incrementos del valor del suelo generado por la intervención estatal para financiar el proceso de urbanización. 
En línea con las previsiones del Plan Nacional de Vivienda, y en aras de diversificar los instrumentos de acción, se plantea que se podrán financiar proyectos que incluyan los siguientes componentes: construcción de viviendas nuevas, mejoramiento de viviendas existentes, unidades habitacionales para la emergencia, infraestructura de servicios urbanos y equipamiento comunitario, lotes con servicios, regularización dominial y titulación, promoción social, fomento de la participación comunitaria y del cooperativismo, promoción de la planificación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial por parte de municipios y comunas, y promoción del alquiler social. De esta manera se contaría con una amplia batería de herramientas, que brindaría la posibilidad de otorgar a cada demanda una solución habitacional específica, apropiada a sus características particulares, aumentando de esta manera la eficacia y la eficiencia de las políticas públicas y mejorando su impacto en la reducción efectiva del déficit habitacional. 
El proyecto de ley postula la posibilidad de otorgar a municipios y comunas, así como organizaciones no gubernamentales, un rol activo en la planificación y gestión de políticas habitacionales; en el entendimiento de que son muchos los municipios que llevan actualmente políticas de vivienda con recursos propios o de la comunidad, pero que el impacto de tales acciones podría potenciarse si se articulara de manera sinérgica con las del IAPV. 
El texto completo del proyecto puede consultarse en el siguiente link: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=22334
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domingo, 3 de septiembre de 2017

MEDIA SANCION PARA UN PROYECTO DE LEY QUE CREA UN PROGRAMA DE ARQUITECTURA SOSTENIBLE

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En la sesión de este martes 29 de agosto, la Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobó un proyecto autoría del diputado José Antonio Artusi (Cambiemos) por el que se crea en la provincia el “Programa de Arquitectura sostenible”. “La idea es establecer un sistema de indicadores de sostenibilidad, que se vayan incorporando gradualmente en la construcción de obras nuevas en el sector público”, explicó a Espacios el legislador. La iniciativa pasó al Senado para su revisión. Según explicó el arquitecto Artusi, este proyecto tiende “a promover un programa de arquitectura sostenible en la provincia que establezca un proceso gradual de incorporación de tecnologías y sistemas que hagan más sostenible la construcción de edificios y su utilización”. “La idea es establecer un sistema de indicadores de sostenibilidad que haga que se vayan incorporando gradualmente y vayan siendo obligatorios en la construcción de obras nuevas en el sector público y para que se aliente a que los municipios lo vayan incorporando también como requisito para la aprobación de obras privadas”, sostuvo el arquitecto en diálogo con Espacios. “Estos indicadores tienen que ver con cuál es el impacto que la construcción de edificios genera en el ambiente: la generación de residuos, la utilización de materiales en todos los procesos, desde la extracción del medio natural hasta su procesamiento y su utilización en la producción”. “Medir lo que se denomina ´la huella ecológica´ de cada material, la capacidad aislante de las envolventes, porque hoy podemos disminuir de manera muy significativa el consumo de energía tanto para refrigeración como de calefacción, mejorando la capacidad que tienen los edificios de aislar adecuadamente los espacios interiores”, agregó el Diputado. “En fin: es mucho lo que podemos hacer desde el diseño de las obras de arquitectura por la sostenibilidad y del desarrollo urbano y no solo en el diseño mismo, si no a escala urbanística, por ejemplo, incidiendo en la localización de los edificios”, indicó el legislador, oriundo de Concepción del Uruguay. 
El proyecto puede ser consultado en el siguiente en lace: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=21325 
Fuente: Revista Espacios
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jueves, 31 de agosto de 2017

MENOS IMPUESTOS DISTORSIVOS = CREDITOS HIPOTECARIOS MAS ACCESIBLES PARA MÁS VIVIENDAS

En la sesión del Martes 29 de Agosto de la Cámara de Diputados de Entre Ríos fue aprobado y remitido al Senado un proyecto de ley de autoría del diputado José Antonio Artusi (Cambiemos) por el que se exime del pago del impuesto a los ingresos brutos a los créditos hipotecarios destinados a la compra, construcción, refacción o ampliación de viviendas únicas familiares. El dictamen favorable de la Comisión de Hacienda se logró tras unificar dos expedientes que contenían proyectos similares, el de Artusi y uno de Sergio Urribarri. Al momento de tratarse el proyecto el legislador radical hizo uso de la palabra para fundamentar sus motivaciones y objetivos, "que no son otros que sumarnos al esfuerzo que están haciendo provincias hermanas y el gobierno nacional para reactivar el mercado de créditos hipotecarios para viviendas. En 22 días de Agosto el Banco Nación entregó prácticamente 10 veces más créditos hipotecarios que en todo Agosto del año pasado, y algo similar ocurre con otros bancos públicos y privados. A pesar de eso todavía el crédito hipotecario para viviendas representa en nuestro país solamente el 0.4% del PBI, cuando en 2001 llegaba a casi el 2,5%, porcentaje sustancialmente menor al de países hermanos como Colombia o Chile, por no mencionar países más desarrollados. Cabe señalar que en nuestra provincia el BERSA ni siquiera ha adherido al Programa PROCREAR." Artusi enfatizó que "dado el insignificante volumen de créditos hipotecarios que tenemos en la provincia hasta este momento el costo fiscal no será relevante y de hecho la medida puede significar un aumento de la recaudación impositiva de la mano de la reactivación de la construcción". Finalmente, el legislador uruguayense manifestó que "esta herramienta, el crédito hipotecario para viviendas, constituye uno de los ejes centrales de la estrategia nacional de vivienda, que apunta a articular los aportes del Estado nacional, de las provincias, de los municipios, de sindicatos y de cooperativas, y del sector privado, para poner en marcha políticas públicas efectivas destinadas a ir resolviendo paulatinamente el enorme déficit habitacional de nuestro país, que afecta a alrededor de 1 de cada 4 familias argentinas. El texto original del proyecto y el dictamen aprobado en la sesión de ayer pueden consultarse en el siguiente enlace: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=21977
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lunes, 14 de agosto de 2017

Impuesto al suelo, otra manera de hacer ciudad

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lunes, 7 de agosto de 2017

"HAY QUE DECIR LAS COSAS COMO SON"

El Gobernador Bordet habría dicho que “hay que decir las cosas como son. En materia de Ingresos Brutos, fue el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Urribarri, quien presentó el proyecto para eliminar los Ingresos Brutos para los créditos hipotecarios. Lo hablamos con Urribarri y se presentó. Habrá que preguntarle a los diputados de Cambiemos por qué no lo votaron”. Si la transcripción de sus dichos es correcta, el Sr. Gobernador falta a la verdad, o al menos no dice toda la verdad. El primero en presentar un proyecto de ley proponiendo la quita de ingresos brutos a los créditos hipotecarios fui yo y además debería saber que un legislador de su partido preside la Comisión a la que fue girado, y que tiene mayoría en la Cámara. No lo hemos votado por una razón muy simple, porque ni siquiera ha sido tratado en comisión. El día 17 de Abril de 2017 presenté un proyecto de ley proponiendo que se exima del pago del impuesto a los ingresos brutos a los créditos hipotecarios destinados a la compra o construcción de la vivienda familiar única. Tomó estado parlamentario en la sesión del día 25 de Abril de 2017 y fue derivado a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas que preside el diputado Marcelo Bisogni. El texto completo puede consultarse en el siguiente link: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=21977 Posteriormente el diputado Sergio Urribarri presentó un proyecto de ley similar el día 19 de Junio, que puede consultarse en el siguiente link: http://hcder.gov.ar/consultasExpedientes_Ver.php?exp=22177 . La iniciativa del Presidente de la Cámara tomó estado parlamentario el día 4 de Julio y fue girado a la misma comisión que la mía. Le pedí personalmente el día que se entregaron 90 viviendas en Concepción del Uruguay al diputado Marcelo Bisogni que la comisión que preside trate ambos proyectos, unificando los expedientes. Y confío en que en la próxima sesión podamos tratar y aprobar este proyecto. No depende de Cambiemos Sr. Gobernador. La Constitución le da al partido que gana la mayoría en la Cámara de Diputados, en este caso al Frente para la Victoria, Partido Justicialista, o como quieran llamarse ahora, y Ud. debería saberlo. Hay que decir las cosas como son.Leer más...

sábado, 5 de agosto de 2017

Entrevista en ECO Medios sobre proyecto de ley de arquitectura sostenible

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jueves, 29 de junio de 2017

ANTES QUE ECHAR CULPAS AL GOBIERNO NACIONAL LOS FUNCIONARIOS PROVINCIALES DEBERÍAN PREGUNTARSE POR QUÉ ENTRE RÍOS ES UNA DE LAS 5 PROVINCIAS QUE MENOS INVERSIONES RECIBE

Si bien no sorprenden, y responden al remanido artilugio de no hacerse cargo de las propias responsabilidades y poner todas las culpas en los demás, tan propio del peronismo, las expresiones del Ministro de la Producción de Entre Ríos, Carlos Schepens, diciendo que "el modelo económico es muy complicado", y adjudicando al gobierno nacional una serie de calamidades y penurias, no pueden pasarse por alto como una opinión más; sobre todo por venir de alguien que tiene la responsabilidad de fomentar la "producción". "Complicado" fue el panorama económico que dejó su gobierno, el de Cristina Fernández, Boudou, Kicillof, De Vido, Moreno, Jaime, y José López; con una inflación galopante, déficit fiscal y comercial, altos índices de pobreza y desigualdad en la distribución del ingreso, crisis energética, desinversión en infraestructuras, presión tributaria record, etc; aún a pesar de haber tenido la más gigantesca oportunidad de crecimiento y desarrollo que el mundo le brindó a la Argentina en toda su historia. Y más "complicado" aún sería el panorama económico y social, por no hablar del político, si hubiera ganado Scioli, probablemente parecido a lo que diario observamos con dolor en la hermana República de Venezuela. 
El gobierno nacional está haciendo un enorme esfuerzo por encarrilar y normalizar la economía argentina, que tenía un sector externo y un mercado cambiario caótico y desquiciado al asumir el 10 de Diciembre de 2015. Lentamente, gradualmente, a veces con ritmos que todos querríamos acelerar pero que están impuestos por la realidad, se comienzan a observar los frutos de haber hecho lo que había que hacer, en términos de desaceleración de la inflación, reactivación de los sectores productivos, inversión en infraestructura para el desarrollo y la mejora del hábitat, aparición del crédito hipotecario para viviendas, etc.. El populismo que vivimos durante más de una década es pan para hoy hambre para mañana, y todavía estamos sufriendo sus consecuencias.
El gobierno provincial, del mismo signo político desde el 2003, debería hacerse cargo del estrepitoso fracaso que han tenido a la hora de colocar a esta provincia en la senda del desarrollo. Pero por otro lado, en el mismo contexto nacional, otras provincias están teniendo resultado muy diferentes. Es así que un informe brindado recientemente por el Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales del Consejo Empresario de Entre Ríos reveló que "según los datos que presenta la Agencia Argentina de Inversiones y Comercio Internacional, desde diciembre de 2015 hasta 31 de mayo de 2017, Entre Ríos se ubica dentro de las 5 provincias menos atractivas para los inversores. Este grupo compuesto por La Pampa, Catamarca, Misiones, Entre Ríos, Chaco y Formosa recibieron anuncios de inversión por menos de u$100 millones cada una, muy por debajo del promedio nacional que supera los u$2.000 millones." En ese período se anunciaron en nuestra provincia inversiones por sólo 20 millones de dólares, vale decir el 1% del promedio. El mencionado informe continúa señalando que "las provincias socias de Entre Ríos en la Región Centro fueron mas atractivas para los inversores. Se observa que la provincia de Santa Fe obtuvo 39 anuncios de inversión por un total de u$2.089 millones", o sea más de 100 veces más que en Entre Ríos; y "para la provincia de Córdoba se anunciaron 48 proyectos por un total de u$3046 millones", o sea más de 150 veces que en nuestra provincia. Y aún en "la provincia de Corrientes se anunciaron 4 proyectos de inversión por mas de u$800 millones", vale decir 40 veces más que en Entre Ríos". 
Las conclusiones del informe del Consejo Empresario son concluyentes y hablan por sí solas: "Estos indicadores son elocuentes, de los u$5.100 millones en proyectos de inversión que se anunciaron para la región centro, la provincia de Entre Ríos obtuvo solo un 0,4%, y en su gran mayoría destinados a Desarrollos Inmobiliarios, rubro que se caracteriza por ser un sector que aporta dinamismo en el mercado laboral durante el proceso constructivo en el corto plazo. Las inversiones de largo plazo que generan ampliación de capacidad productiva, incorporación de tecnologías, mejoras de competitividad y dinamizan el empleo, se realizan en una muy baja escala relativa y solo por empresarios locales. Es decir en el fondo, Entre Ríos evoluciona gracias sólo a los ahorros que invierten los propios empresarios entrerrianos, de los cuales gran parte es absorbido por el sector público a través de los impuestos para financiar sus actividades y gastos corrientes". 
No es criticando por criticar con etiquetas y slogans vacíos las políticas del gobierno nacional para intentar vanamente eludir las propias responsabilidades cómo vamos a salir adelante; por el contrario, debemos trabajar juntos, más allá de las diferencias, para encontrar los acuerdos que permitan aprovechar las oportunidades que nos ofrece el mundo, de modo tal de generar oportunidades de desarrollo y trabajo digno para todos los argentinos.- 

José Antonio Artusi / Diputado Provincial. Bloque Cambiemos
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martes, 27 de junio de 2017

EL DIPUTADO ARTUSI PARTICIPO EN EL FORO URBANO NACIONAL REALIZADO EN MENDOZA






El diputado provincial José Antonio Artusi (Cambiemos) participó en el Foro Urbano Nacional que tuvo lugar en Mendoza el Sábado 24 de Junio. Se trató de una jornada de trabajo organizada por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Programa Hábitat de Naciones Unidas, que tuvo como objetivo avanzar en la implementación en Argentina de la Nueva Agenda Urbana surgida de la cumbre de Hábitat 3 en Quito el año pasado, y generar diálogos y propuestas para alimentar la elaboración del Plan Nacional Urbano y del Hábitat. 
En la ceremonia de apertura hicieron uso de la palabra el Intendente de la ciudad anfitriona, Rodolfo Suárez, el Gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, y el Director de ONU Hábitat, Joan Clos. Posteriormente, Fernando Alvarez de Celis, Subsecretario de Planificación Territorial y Marina Klemensiewicz, Subsecretaria de Hábitat, se refirieron a los avances en la implementación de la Nueva Agenda Urbana en nuestro país y a los retos y desafíos del Plan Nacional Urbano y del Hábitat. En el espacio de talleres se debatió intensamente en grupos de trabajo sobre diversas líneas temáticas. El diputado José Antonio Artusi fue el informante de la Mesa 22 que analizó la cuestión de la gobernanza territorial. Participaron también en la mesa intendentes y funcionarios de las provincias de Córdoba y Mendoza, y la Presidente del Concejo Deliberante de Diamante, Lelia Recalde, quienes estuvieron acompañados por funcionarios de ONU Hábitat y de organismos internacionales de crédito. En relación a las conclusiones y recomendaciones que elaboró la mesa, el legislador uruguayense planteó que "coincidimos en la necesidad de contar con una ley nacional y normas provinciales sobre ordenamiento territorial, uso del suelo y desarrollo urbano, que deberían estar articuladas con planes estratégicos de desarrollo sostenible y con mecanismos de complementación entre políticas urbanas y políticas fiscales, de modo tal de recuperar parte de los recursos que la urbanización genera para financiar programas y proyectos que hagan que el derecho a la ciudad no sea una mera declamación y llegue efectivamente a todos los argentinos". Tras la presentación de los resultados de cada taller se realizó una devolución por parte de expertos en políticas urbanas, Elkin Velázquez y Marco Kamiya, de ONU Hábitat, Martim Smolka, Director para América Latina del Instituto Lincoln de Políticas de Suelo, y Fernando Alvarez de Celis, del gobierno nacional. El cierre estuvo a cargo de Joan Clos, Director de ONU Hábitat, quien brindó una disertación con definiciones contundentes a favor de orientar el desarrollo urbano hacia ciudades compactas, densas, bien diseñadas, sostenibles, y que brinden calidad de vida a los ciudadanos. Entre los conceptos vertidos por Joan Clos, cabe destacar los siguientes: "La urbanización debe generar valor y prosperidad"; "la urbanización siempre genera más valor del que cuesta"; "parte del valor generado por la urbanización hay que recuperarlo y reinvertirlo"; "hay que tener mecanismos de redistribución del valor generado por la urbanización"; "la cuestión es la distribución del valor"; "necesitamos densidad bien diseñada, estamos obligados a hacer buen diseño"; "la arquitectura tiene un valor social importantísimo"; "el diseño urbano crea valor". 
El Foro culminó con la lectura y firma de la declaración final, en la que se asumieron compromisos en pos de trabajar por el logro de los objetivos de la Nueva Agenda Urbana. El diputado Artusi manifestó su satisfacción por el éxito de la convocatoria y el intenso nivel de participación, y manifestó que dialogó con los funcionarios nacionales presentes en el Foro a los efectos de "promover una legislación nacional y provincial de ordenamiento territorial y desarrollo urbano que permita orientar las inversiones públicas y privadas y regular de manera eficiente y sostenible el crecimiento de las ciudades, para avanzar en el logro de brindar a todos condiciones de vida digna y acceso al suelo y a la vivienda; a servicios básicos y espacios públicos de calidad, en definitiva, concretar el derecho a la ciudad".-
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martes, 13 de junio de 2017

EL DIPUTADO ARTUSI PRESENTÓ UN PROYECTO DE LEY PARA DEFENDER LA "SOBERANÍA ENERGÉTICA CON VERDADERO SENTIDO FEDERAL"

El diputado provincial José Antonio Artusi (Cambiemos) presentó un proyecto de ley por el que se propone que la provincia de Entre Ríos adopte y defienda ciertos principios rectores de las políticas públicas en materia de soberanía energética, tanto a nivel provincial como en su relacionamiento con las demás provincias y la Nación. Estos principios son los siguientes: 
a) La soberanía energética de la Nación tendrá una matriz independiente de todo requerimiento externo. 
b) Los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y los recursos hidroeléctricos existentes en el territorio de la República Argentina, Antártida e islas del Atlántico Sur y la plataforma continental, constituyen bienes estratégicos y son patrimonio inalienable e imprescriptible de la Nación Argentina. Las provincias en cuyo territorio se encuentren tienen el dominio originario, conforme el artículo 124 de la Constitución Nacional y el artículo 85 de la Constitución Provincial en el caso de la provincia de Entre Ríos, siendo en todos los casos la jurisdicción exclusiva del Estado Nacional. 
c) La participación de todas las provincias y el Estado Nacional en un Consejo Asesor para colaborar en el diseño de la política energética. 
d) El Poder Ejecutivo Nacional fijará la política federal en materia de desarrollo energético, en especial en el sector de hidrocarburos y energía hidroeléctrica, siendo su objetivo principal satisfacer las necesidades energéticas de todo el país, dentro de las más modernas técnicas de uso racional de la energía, y propendiendo a la diversificación de la matriz energética y la promoción de las fuentes de energía renovables, con el fin de garantizar a todos el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos. 
e) La prohibición en todo el territorio nacional del otorgamiento de concesiones y/o cualquier forma de privatización que recaigan sobre los yacimientos de hidrocarburos y sobre la explotación de represas hidroeléctricas. 
f) El establecimiento de un impuesto al petróleo crudo procesado que será destinado de manera exclusiva a la construcción de represas hidroeléctricas, el desarrollo de energías renovables y alternativas, y el saneamiento ambiental. 
g) El pago de regalías a las provincias productoras de hidrocarburos y a aquellas en cuyos territorios se encuentren localizadas represas hidroeléctricas; y el establecimiento de un régimen de coparticipación energética y de retribución por pago de servicios ambientales para la Provincia que disponga que un porcentaje a determinar de la energía que le corresponde a la República Argentina, que generen los emprendimientos hidroeléctricos realizados en el territorio de la Provincia de Entre Ríos o que causen impacto ambiental en la misma, es de propiedad inalienable, imprescriptible e irrenunciable de la Provincia. 
h) El establecimiento de una tarifa diferenciada para el consumo de energía eléctrica en la Provincia de Entre Ríos, fijada de acuerdo al aporte energético realizado a toda la Nación por la represa de Salto Grande. 
i) El derecho permanente de la Provincia de Entre Ríos a percibir los excedentes derivados de la explotación del Complejo Hidroeléctrico Salto Grande, en un porcentaje que nunca podrá ser inferior al SESENTA Y SIETE CON CINCO POR CIENTO (67.5%). 
j) La Provincia concertará con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes en lo relativo a su aprovechamiento hidroeléctrico. 
k) La investigación y promoción de las fuentes de energía renovables más apropiadas para la provincia de Entre Ríos, para impulsar el desarrollo sostenible, la ocupación plena y equilibrada del territorio provincial, y la equidad social. 
l) La consideración del derecho a la energía como un derecho económico y social indispensable para la concreción de condiciones que permitan una vida digna a todos los ciudadanos, y para garantizar el acceso efectivo al derecho a un ambiente sano y a una vivienda digna, entre otros, garantizados en la Constitución Provincial. 
m) La defensa de los derechos de consumidores y usuarios de servicios públicos de provisión de energía, considerando a tales efectos como servicio público a todas las alternativas de suministro, incluyendo el gas envasado en cualquiera de sus formas. 
La iniciativa del legislador radical, en su artículo 2º contempla que "el Poder Ejecutivo Provincial deberá realizar todas las acciones y gestiones tendientes al logro de la implementación por parte de la Nación y de otras provincias de políticas públicas energéticas basadas en los principios mencionados". 
Reproducimos a continuación los fundamentos del proyecto: 
El presente proyecto de ley pretende fijar una serie de principios rectores que deberían orientar el diseño e implementación de las políticas públicas energéticas de la Provincia de Entre Ríos, tanto a nivel interno como en su relacionamiento con las demás provincias y con la Nación. Entendemos que el término “soberanía energética” debe definirse de manera clara y precisa, para no dar lugar a ambigüedades ni confusiones de ningún tipo. Está claro que somos una Nación que no por casualidad en el primer artículo de la sabia y progresista Constitución Nacional de 1853 – forjada en buena parte al calor de las luchas que se llevaron adelante desde nuestra provincia – establece su forma de gobierno como “representativa, republicana y federal”. La reivindicación del federalismo forma parte de un conjunto de coincidencias básicas que, a partir de cierto momento, nunca estuvieron puestas en tela de juicio por parte de los partidos políticos. Sin embargo, más allá de las declamaciones, resulta necesario definir de manera adecuada el sentido del verdadero esquema federalista que debemos perfeccionar en el siglo XXI. Ello es particularmente imperioso en el caso de las políticas energéticas y específicamente en lo atinente a los recursos naturales estratégicos vinculados a la generación de energía, sobre todo a partir de la introducción del artículo 124 en la reforma constitucional nacional en 1994 y del artículo 85 de la Constitución Provincial reformada en 2008, que otorgan a las provincias el “dominio originario” de los recursos naturales. Consideramos que es sumamente necesario definir correctamente el significado de estos términos, de modo tal de defender el federalismo y las autonomías provinciales pero sin caer por ello en una concepción deformada del ideal federalista que resulte finalmente contraproducente para los intereses de las provincias y de la Nación en su conjunto. Debemos defender un federalismo genuino, que es contrario a una posición que a menudo adopta su ropaje pero esconde en el fondo una concepción seudo – federalista, más cercana a un “provincianismo” que – ingenuo o interesado – ha servido en numerosas ocasiones para perfeccionar la entrega, privatización y extranjerización de nuestros recursos naturales. Ya Hipólito Yrigoyen alertaba acerca de los riesgos de esa posición contraria a los intereses nacionales que se pretendía legitimar con las banderas del federalismo, y cabe recordar sus luchas contra las oligarquías provinciales enquistadas en el Senado que le impidieron a él y a Marcelo de Alvear la tan ansiada ley de nacionalización de hidrocarburos, que sólo vería la luz durante la Presidencia de Arturo Frondizi y sería luego derogada por un decreto ley en la dictadura de Onganía. Sostiene al respecto Gustavo Calleja que “Yrigoyen, Alvear y Mosconi comprendieron la importancia creciente que el petróleo adquiría en el mundo y la imprescindible necesidad de priorizar su desarrollo interno mediante la acción directa del Estado nacional… Yrigoyen tenía entendido que no debía pasarle al subsuelo lo mismo que había sucedido con el suelo, al que denominaba la primera riqueza nativa… Yrigoyen entendía que: a) los hidrocarburos constituían una cuestión de Estado, sin dudas estratégica y vital, b) el subsuelo pertenecía a la Nación, sin ingerencias de los Estados provinciales, cuya autonomía era de los pueblos y no de los gobernadores; c) debían ser explotados integralmente por YPF y utilizados para el desarrollo interno, descartando las exportaciones”. (Rogel, Calleja y Olmos 2013) Es por ello que el primer principio, acorde con la necesidad de reivindicar la unión nacional y la autodeterminación frente a intereses extranjeros, se define de la siguiente manera: “a) La soberanía energética de la Nación tendrá una matriz independiente de todo requerimiento externo.”. El inciso b) del artículo 1º responde al criterio mencionado de conciliar el federalismo bien entendido con la defensa armónica de los intereses nacionales. Eduardo Conesa (Conesa, 2012), en un artículo titulado “El impuesto a la tierra libre de mejoras, recursos naturales, hidrocarburos y el federalismo en la Argentina”, sostiene, en relación al artículo 124 de la Constitución Nacional (“Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”), que… “existe en nuestro país una gran confusión sobre la interpretación de esta cláusula. Para dilucidar el punto debemos puntualizar qué se entiende por dominio originario. Nada mejor al respecto que referir la cuestión a Dalmacio Vélez Sarsfield, quien fuera autor del Código Civil actual, Ministro de Hacienda en la Presidencia de Mitre y del Interior en la de Sarmiento, y sobre todo profesor de Economía Política en la Universidad de Buenos Aires. Todo un gran maestro en el Análisis Económico del Derecho. Escribía Vélez en la nota al Art. 2507 del Código Civil: “Muchos autores dividen la propiedad en la propiedad soberana del Estado y en la propiedad del derecho civil, en otros términos, en dominio eminente y dominio civil. La Nación tiene el derecho de reglamentar las condiciones y las cargas públicas de la propiedad privada. El ser colectivo que se llama Estado tiene respecto de los bienes que están en su territorio, un poder, un derecho superior de legislación, de jurisdicción y de contribución, que aplicado a los inmuebles, no es otra cosa que una parte de la soberanía territorial interior. A este derecho del Estado, que no es un verdadero derecho de la propiedad o dominio, corresponde el deber de los propietarios de someter sus derechos a las restricciones necesarias al interés general, y de contribuir a los gastos necesarios a la existencia, o al mayor bien del Estado.” Está claro que el “dominio originario” no es ni más ni menos que el “dominio eminente” al que se refiere Vélez Sarsfield. Y si bien es cierto que las provincias tienen ese dominio eminente u originario, en gran medida lo han delegado en la Nación al aprobar la Constitución de 1853-60 y 1994. Ejemplo de esa delegación es la autorización del Art. 75 Inc. 12 al Congreso Nacional para dictar el Código Civil y el de Minería que precisamente tratan de los alcances de la propiedad civil y minera-petrolera-gasífera, lo cual es correlativo de la estricta prohibición a las provincias de ejercer el poder delegado a la Nación según reza el Art. 126, como dictar los códigos de fondo establecer aduanas interprovinciales y otras. Para mayor redundancia, la Constitución vuelve a prohibir a las provincias establecer derechos aduaneros en el trascripto Art. 75 inciso 1. Y además en el Art. 9 reitera que no habrá más aduanas que las nacionales en las cuales regirán las tarifas que sancione el Congreso. El Art. 10 por su parte establece que el interior de la República es libre de derechos de circulación de los efectos de producción nacional, y libres también serán las mercancías de todas clases despachadas por las aduanas exteriores. La Constitución quita a las provincias también en los Arts. 11 y 12 el derecho a establecer peajes de tránsito a carruajes, buques y bestias en todo el territorio nacional. A mayor abundamiento establece en los Arts. 7 y 8 que el ciudadano de una provincia es ciudadano de las demás y que los procedimientos y actos públicos en una provincia hacen fe en las demás. Todas estas normas tienden a crear un gran mercado nacional para promover el desarrollo económico.” (Conesa 2012) Concluyendo el punto 5 del mencionado artículo (“¿Avance sobre el dominio originario provincial, o por el contrario, interpretación racional de la Constitución de acuerdo a los principios del Análisis Económico del Derecho?”), el autor considera necesario puntualizar que… “A mayor abundamiento debe señalarse que las provincias “originarias”, que tendrían fundamentos para reclamar el dominio “originario”, aunque luego cedido en gran parte a la Nación en la Constitución de 1853-60 y luego más radicalmente aun en la de 1949, son las 14 primeras que estuvieron presentes en la formación de la Nación en las convenciones constituyentes del siglo XIX. Esto es Buenos Aires, Córdoba, San Luis, Mendoza, San Juan, Catamarca, Santiago del Estero, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Tucumán, Salta, La Rioja y Jujuy. Las demás provincias no pueden aducir ningún “dominio originario” por cuanto fueron creadas por leyes del Congreso de la Nación o por decretos leyes del Poder Ejecutivo Nacional en la segunda mitad del siglo XX. A saber La Pampa nació como provincia recién el 8 de agosto de 1951, al igual que el Chaco. Formosa fue creada en 1955; Misiones en 1953; Neuquen en 1955; Río Negro en 1955; Chubut en 1955; Santa Cruz en 1956 y Tierra del Fuego en 1990. Reitero, estas últimas provincias, como no fueron originarias, mal podrían tener un dominio originario auténtico.” (Conesa 2012) No debemos pasar por alto la mención que hace Conesa a la hoy olvidada reforma constitucional de 1949. En efecto, el artículo 40 de esta Constitución establecía una radical nacionalización de los recursos naturales energéticos: “Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedades imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto, que se convendrá con las provincias.” Obsérvese que se formulaba allí una distinción neta entre los recursos hidrocarburíferos e hidroeléctricos por un lado, por tratarse de recursos estratégicos, y los recursos vegetales, por otro. Es sabido que uno de los grandes protagonistas de aquella reforma en general, y específicamente en la redacción del artículo 40 fue el concordiense Arturo Sampay. No cabe aquí hacer una valoración global de aquella Constitución ni de las motivaciones centrales del proceso reformista, pero sí es menester señalar que el mencionado artículo, en lo referente a la nacionalización de los recursos energéticos, ha sido reconocido – directa o indirectamente – por exponentes de diversas fuerzas políticas, aún de aquellas no identificadas con el peronismo. Lamentablemente, a nuestro entender, en 1994 ni unos ni otros reivindicaron este antecedente y se pasó a la concepción del artículo 124, que - más allá de las buenas intenciones de sus impulsores y del espíritu federalista que lo parece animar - ha dado lugar a confusiones, tal como comenta Conesa, y en definitiva a peligrosas malas interpretaciones y deformaciones, que abren las puertas de un seudo federalismo desintegrador de nefastas consecuencias. En el punto 6 de su trabajo (“El dominio originario residual sobre los hidrocarburos”) Eduardo Conesa argumenta que… “Las consideraciones anteriores sobre el dominio originario, o su equivalente, el eminente sobre la tierra se aplican, por supuesto, al petróleo, al gas y a los minerales en general que están obviamente dentro del territorio nacional. Las provincias tienen un cierto dominio originario, igual al eminente, pero residual sobre ellos, dependiendo, como afirmamos antes, de lo que establezcan los códigos de fondo. Porque al delegar en el Congreso de la Nación el dictado del Código Civil y el de Minería que precisamente tratan de la propiedad de la tierra y de los minerales, incluidos los hidrocarburos en estos últimos, solo les queda a las provincias como derecho el cobro a su favor la contribución territorial es decir el impuesto inmobiliario directo en el caso de las tierras, y de las regalías en el caso de los hidrocarburos y los minerales Es más, al tener el Congreso de la Nación la facultad de establecer los derechos de importación y exportación de hidrocarburos y de los frutos de la tierra en general, la misma Nación está en condiciones de regular el contenido verdaderamente económico de la propiedad de los hidrocarburos y los frutos de la tierra en el mercado interno. Y el poder de la Nación se acrecienta. Mas aun cuando también le corresponde el poder de regular el comercio interprovincial por vía de la autorización para la construcción de oleoductos, gasoductos, caminos y ferrocarriles interprovinciales. Queda como atribución de las provincias la mera aplicación de las leyes de fondo nacionales según reza el Art. 75 inc. 12. Ello es así además por cuanto si nos remontamos al auténtico “dominio originario” debemos recurrir a las ordenanzas de Toledo de 1574 o las de Carlos III de 1783 que depositaban la soberanía sobre las minas en los Reyes de España. Y como la Nación Argentina es la sucesora legal indiscutible de la corona española, el verdadero dominio originario corresponde a la Nación, tal como lo ha establecido la Corte Suprema de Justicia[25] siguiendo al gran maestro de nuestra Constitución histórica, el riojano Joaquín V. González. La cuestión, por supuesto, es motivo de controversia entre los juristas[26], pero a mi juicio, el contenido de las cláusulas económicas de la Constitución referentes al mercado nacional sumadas a las atribuciones de legislación que tiene la Nación sobre la base del Art. 75 inciso 12, tornan irrelevante el “dominio originario” provincial del Art. 124 bajo análisis. Para corroborar nuestra interpretación de la Constitución Argentina, cabe señalar que en todos los países de América Latina, siguiendo al regalismo del Virrey Toledo y el Rey Carlos III, el petróleo pertenece a los Estados nacionales como herederos de la Corona, y no a las provincias que los componen.” (Conesa 2012). La cita (26) del párrafo precedente corresponde a un trabajo de Orlando De Simone, “El dominio de los hidrocarburos y la ley 26.197”, en el que, entre otras consideraciones, sostiene que… “La Constitución Nacional de 1949, declaró a los minerales, caídas de agua, yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación. Algunos años más tarde, la proclama del 27 de abril de 1956 del gobierno revolucionario declaró la vigencia de la Constitución de 1853, con las reformas de 1860, 1866 y 1898. Llegarían luego la Ley 14773 que declaró los yacimientos de hidrocarburos bienes inalienables e imprescriptibles del Estado Nacional, estableciendo el monopolio estatal de su explotación y prohibiendo el otorgamiento de concesiones y, nueve años después, la Ley 17319 ratificó la propiedad inalienable e imprescriptible de los yacimientos de hidrocarburos como pertenecientes al patrimonio del Estado Nacional, y estableció un sistema mixto al reservar áreas para las empresas estatales y el otorgamiento de permisos de exploración y concesiones de explotación y de transporte. Más tarde, la Ley 24145 transfirió “el dominio público de los yacimientos de hidrocarburos del Estado Nacional a las provincias en cuyos territorios se encuentren, incluyendo los situados en el mar adyacente a sus costas hasta una distancia de doce (12) millas marinas medidas desde las líneas de base reconocidas por la legislación vigente”. Esta transferencia quedaba condicionada a la sanción y promulgación de la nueva ley de hidrocarburos encomendada a una Comisión de Provincialización de Hidrocarburos, la que nunca fue sancionada. Finalmente, la Convención Nacional Constituyente de 1994 incorporó a la Constitución Nacional el artículo 124 que en su último párrafo establece que “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”. (De Simone s.f.) La redacción del inciso b) y otros del artículo 1º está basada en algunos contenidos del proyecto de ley de hidrocarburos presentado por el diputado nacional Fabián Rogel el día 27 de Junio de 2012 (Expediente 4531- D – 2012). En definitiva, las consideraciones que hacemos y los argumentos que presentamos en relación a los hidrocarburos deben aplicarse también a los recursos hidroeléctricos y a los complejos destinados a su explotación. Mal podemos reivindicar la pertinencia de la jurisdicción nacional en el caso del petróleo y a la vez pretender que el mismo criterio no se aplique, por ejemplo, al complejo de Salto Grande, o al de Yaciretá, o a los emprendimientos hidroeléctricos que aún son asignaturas pendientes. Es así que en vez de postular simpáticos a simple vista pero inviables e inconducentes planteos de “provincialización”, preferimos postular la defensa de los intereses de los entrerrianos de una manera más coherente y a la vez realista. El dominio originario previsto en la Constitución Nacional y en la provincial da lugar a regalías, y en virtud de la legislación vigente deben liquidarse como corresponde los excedentes, revirtiendo la inadecuada liquidación de tales recursos que viene desde la gestión del Presidente Duhalde, con cuadros tarifarios adecuados y normas que no retaceen a la provincia los montos que realmente le corresponden. Pero además proponemos, en el inciso g), el establecimiento de un régimen de coparticipación energética y de retribución por pago de servicios ambientales para la Provincia. El inciso g) del artículo 1º tiene como antecedente a la ley nº IV – 56 de la hermana Provincia de Misiones, en sus artículos 8º y 9º. Está claro que el logro de un régimen de coparticipación energética de esa naturaleza no depende sólo de la voluntad de nuestro gobierno, y demandará complejas y arduas negociaciones, pero es a todas luces más factible que reclamar la “provincialización” de un complejo hidroeléctrico que ningún gobierno nacional de ningún signo político consentirá jamás. Llama en todo caso poderosamente la atención que quienes ahora lo proponen tuvieron 12 años de magníficas condiciones políticas para aprobarlo tanto en el plano legislativo provincial como nacional, pero sin embargo iniciativas en tal sentido brillaron en ese entonces por su ausencia. Volviendo al mencionado texto de Eduardo Conesa, este autor señala, en referencia al libro “Petróleo y Política”, de Arturo Frondizi, que… “Todo el libro de Frondizi gira alrededor de la inconveniencia del sistema de concesiones porque el mismo implica otorgar en propiedad el yacimiento; y obtenida esa propiedad, los concesionarios solían mantener los yacimientos sin producir porque les interesaba importar petróleo de otros países donde sus costos de explotación eran menores, o sus ganancias mayores. Por eso, después, cuando Frondizi alcanzó la presidencia en 1958, hizo dictar por el Congreso la ley 14773 estableciendo que los yacimientos de hidrocarburos son propiedad inalienable e imprescriptible del Estado Nacional, otorgándose a las provincias una regalía del 12% en función de su dominio originario o eminente. Y las provincias, especialmente las patagónicas aceptaron gustosas… El sistema de concesiones tan criticado por Frondizi se materializó luego lamentablemente, y en gran escala, con la compra de YPF por la española REPSOL[30] en 1999-2012. A los españoles les interesaba permanecer en la Argentina por razones de prestigio, pero verdaderamente estaban interesados en invertir en Méjico y Brasil. Por eso perforaron solo un promedio 10 pozos exploratorios por año, cuando en el decenio de los ochentas, la YPF estatal perforó un promedio de 177. Consistente con su política de reservas y de no invertir, vendieron parte de su participación a un grupo argentino que carecía de la experiencia técnica en la materia y de los capitales necesarios, pero encuadraba dentro del concepto del “capitalismo de amigos” del gobierno. Así REPSOL lograba mantener contento al gobierno con una migaja clientelista, mientras el país perdía el autoabastecimiento. Felizmente el gobierno argentino reaccionó en abril de 2012, aunque tardíamente, y dio marcha atrás en su política de privatización petrolera[31]. Repsol era originariamente una empresa paraestatal española sin experiencia. Tenía solamente estaciones de servicio. Nos hizo perder el autoabastecimiento. Fomentó las importaciones de petróleo y gas, y redujo las reservas nacionales probadas de petróleo en un 50% y las de gas en un 70%: un vaciamiento empresario espectacular. Todo estaba escrito. Y así sucedió. Además el desastre era harto previsible porque en los últimos catorce años en nuestro país hubo trece Estados distintos con políticas petroleras diferentes. Por una parte la política petrolera de España ejercitada por Repsol. Por otra, la política petrolera de Brasil ejercitada por Petrobras, que finalmente vendió a grupos clientelistas locales. Por otra, la anti-política petrolera del Estado nacional argentino que recién en abril de 2012 se dio cuenta del desaguisado que había generado. Y por último, las 10 políticas petroleras distintas de los estados provinciales con petróleo amparados en el redundante artículo 124 de la Constitución Nacional de 1994 sobre el supuesto “dominio originario”. Dicha política consistió en otorgar concesiones dentro del concepto de “capitalismo de amigos” para beneficio de quien sabe que [32]. Pero mas allá del problema de la corrupción, los provincias no están en condiciones de negociar el contenido económico de las concesiones, ya que el precio interno del fluido y las reglas de su comercialización en mercado interno del país o en el exterior son de incumbencia del Estado Nacional. A ello se agrega la falta de simetría en el poder negociador dado por el enorme conocimiento técnico de las poderosas corporaciones multinacionales del petróleo frente el desamparo técnico y económico de nuestras provincias tomadas individualmente.” (Conesa, 2012). Los argumentos expuestos y los antecedentes de la política petrolera muestran a las claras como una supuesta “provincialización” puede en efecto constituir una peligrosa puerta abierta a la privatización, extranjerización y entrega de nuestros recursos naturales. Debemos agradecer la colaboración prestada a través de comentarios y sugerencias formulados por el Cdor. Gustavo Calleja y el Dr. Jorge D´Agostino en el proceso de redacción de esta inciativa. Creemos sinceramente que el presente proyecto de ley, en sus aspectos fundamentales, más allá de modificaciones y correcciones que puedan surgir del trabajo en comisión y de la consulta a especialistas y de la participación ciudadana, está en condiciones de concitar el acuerdo de las fuerzas políticas con representación parlamentaria, pues recoge reivindicaciones y principios que constituyeron banderas comunes de nuestros partidos durnate buena parte de la historia argentina. Será condición sine qua non para el éxito de las negociaciones en pos del logro parcial o total de las reivindicaciones que aquí se formulan que el planteo cuente con el acuerdo unánime en su trazo grueso por parte de los principales partidos políticos, más allá de las lógicas diferencias de matices. Es por ello que nos permitimos solicitar su pronto y favorable tratamiento.- 

Bibliografía consultada 
Conesa, E. (20 de Julio de 2012). El impuesto a la tierra libre de mejoras, recursos naturales, hidrocarburos y el federalismo en la Argentina. Recuperado el 18 de Abril de 2017, de http://www.eduardoconesa.com.ar/upload/pdfs%20articulos/2014-TIERRA%20PETROLEO%20Y%20FEDERALISMO.pdf  

De Simone, O. (s.f.). El dominio de los hidrocarburos y la ley 26.197. Recuperado el 18 de Abril de 2017, de http://www.colabogados.org.ar/larevista/pdfs/id5/el-dominio-de-los-hidrocarburos-y-la-ley-26197.pdf 

 Rogel, F., Calleja, G., & Olmos, A. (2013). Volver a empezar. Pasado, presente y futuro de los hidrocarburos en la República Argentina . Buenos Aires: Congreso de la Nación.
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jueves, 25 de mayo de 2017

Docente de la UCU participará en un curso del Lincoln Institute en Quito, Ecuador

El Arq. José Antonio Artusi, profesor de la Cátedra de Planificación Urbanística de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Concepción del Uruguay fue seleccionado para asistir a un curso del Lincoln Institute of Land Policy sobre "El impuesto predial: potencial de desempeño y potencial de contribución para el desarrollo sostenible de las ciudades latinoamericanas", que se desarrollará en Quito, Ecuador, del 29 de Mayo al 2 de Junio. 
El impuesto predial es un instrumento de reducción de desigualdades, de distribución justa del costo de mantenimiento de las ciudades y de promoción de desarrollo urbano sostenible. Su efectividad y eficacia dependen tanto de su diseño (estructura legal e institucional) como de su gestión y administración. En América Latina, su importancia como fuente de ingresos es reducida. En promedio, los países latinoamericanos recaudan alrededor de 0.30%-0.35% del PIB y la mayor recaudación es inferior al 0.80% del PIB. La variabilidad de desempeño entre ciudades de un mismo país es alta y son pocos los municipios responsables de una gran parte de la recaudación en los países. Además, los sistemas de imposición del impuesto predial son frecuentemente marcados por iniquidades e ineficiencias, y es también notoria en la región la falta de integración entre las políticas urbanas y fiscales. Sin embargo, es posible cambiar esta realidad. 
Al reunir representantes de distintos países en América Latina así como expertos en tributación inmobiliaria, mercado de tierras y desarrollo urbano, el curso propicia el intercambio de conocimientos y puntos de vista, la evaluación de experiencias exitosas, y el análisis de prácticas innovadoras. Asimismo, con el objetivo de inspirar cambios normativos, superación de los obstáculos políticos y de las debilidades de carácter técnico-administrativo, el curso proporciona una mejor comprensión de la finalidad, efectos, límites, desafíos y el potencial del impuesto predial. Se estudian los fundamentos del mercado de tierras, la importancia del impuesto predial para la salud fiscal de los municipios, los desafíos de las ciudades latinoamericanas, los factores determinantes del desempeño, y las principales tendencias en los sistemas de tributación inmobiliaria para la construcción de ciudades más eficientes y la promoción del desarrollo urbano sostenible. Se mapean las áreas de conflicto jurídico y se discuten los temas de interpretación legal controvertida en la tributación de inmuebles. La mesa de debates sobre política fiscal y extra fiscalidad promueve la discusión de temas tales como tasas, beneficios fiscales y límites de la descentralización fiscal. La agenda del curso también incluye la gestión de proyectos de re-estructuración catastral y rutinas de actualización continua de datos; valuación de inmuebles urbanos, rurales y de inmuebles especiales; control de calidad de los trabajos de valuación; estrategias eficientes de combate a la evasión y recuperación de deudas; atención al contribuyente y la importancia de la educación fiscal.
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miércoles, 24 de mayo de 2017

EL PJ ENTRERRIANO, O LA INCORREGIBLE COSTUMBRE DE NO HACERSE CARGO...

Por José Antonio Artusi / No sorprende, a esta altura de los acontecimientos, la incorregible costumbre del Partido Justicialista entrerriano y de sus funcionarios y legisladores de no hacerse cargo de los desaguisados de sus propias gestiones, o sea las de Busti, Urribarri y su continuidad, la de Bordet; y de pretender responsabilizar a otros de la ineficiencia de sus políticas públicas. 
Es así que hemos visto diversas expresiones tendientes a mostrar un supuesto y falaz contraste entre un gobierno provincial que sería el campeón de la obra pública y la contención social y una administración nacional insensible y entreguista. Es curioso que se llegue a utilizar la expresión "la mayor entrega del patrimonio nacional" por parte del partido que privatizó, entregó y extranjerizó YPF, Gas del Estado, nuestros recursos hidrocarburíferos y otras empresas estatales; y que sólo no pudo hacerlo con Salto Grande por la resistencia popular.
Vale la pena mirar los números de la ejecución presupuestaria provincial del año pasado para desmitificar algunos slogans y frases hechas lanzadas al aire que no resisten el menor análisis. En 2016 se puede observar un aumento del gasto en personal del 41% con respecto al 2015 y una disminución del 6,4% en la inversión real directa, o sea la obra pública y la adquisición de bienes de capital, a lo que hay que sumar el impacto de la inflación. El aumento del gasto en personal no se compadece con los aumentos salariales que tuvieron los agentes de la administración pública, que aún reclaman con toda legitimidad una recomposición de su poder adquisitivo. Si comparamos el presupuesto del 2016 con la ejecución efectivamente realizada, nos encontramos con una sobreejecución (gasto mayor a lo presupuestado) del 27,6% en el rubro personal y una subejecución (gasto menor a lo presupuestado) de - 61% en el caso de la inversión real directa. Si el año pasado la ejecución real de este rubro fue algo más de 2.600 millones de pesos tenemos razones valederas para permitirnos ser escépticos con que este año se ejecuten los más de 8.800 millones presupuestados para inversión real directa. 
Es útil también mirar algunos números vinculados a la construcción de viviendas. Llama en este sentido la atención el hecho de que en plena crisis, y sólo con recursos del FONAVI, el IAPV lograra terminar entre 2000 y 2003 un promedio de 1130 viviendas por año, mientras que en 2008 y 2011, con muchos más recursos por el aumento de la recaudación y por ende del FONAVI pero además con el aditamento de los programas federales, se terminaran sólo a razón de un promedio de 1051 por año, y entre 2012 y 2015 un promedio de 1251, muy poco por encima de la performance de 15 años atrás. Y el año pasado el IAPV habría finalizado sólo 912 viviendas, por lo que deberá esmerarse en los 3 años siguientes para superar aquellos promedios. Mal puede esta ineficiencia de gestiones provinciales atribuirse al actual gobierno nacional, que transfirió el año pasado al IAPV más de 830 millones de pesos, con un aumento de casi el 45% con respecto al 2015, siendo sólo superada por la Provincia de Buenos Aires, y privilegiada notoriamente con respecto a las provincias hermanas de la Región Centro. En lo que va del año 2017 las transferencias al IAPV lo ubican como el cuarto instituto provincial que más fondos recibió, superando en este caso aún a la provincia de Buenos Aires, y si sumamos todos los entes ejecutores Entre Ríos es la tercera. Las más de 7.000 viviendas sociales en construcción en este momento en la provincia se financian en mayor o menor medida con fondos nacionales, ya sea a través del IAPV, consorcios, entidades como Cáritas o municipios. Y la prueba más palpable de la no discriminación a la hora de asignar fondos es que un municipio como Concordia, históricamente gobernado por el PJ y con altísimos índices de pobreza y déficit habitacional, cuenta en este momento con más de 700 viviendas en construcción que tienen al municipio como ente ejecutor. 
Con respecto al endeudamiento, existe una diferencia fundamental entre el gobierno nacional y el provincial. La administración del Presidente Macri heredó una situación caótica en la cuentas públicas, con altísima inflación, déficit récord, recesión, crisis del sector externo, etc. y el endeudamiento, ahora posible porque se ordenó el mercado cambiario y se salió del default, está permitiendo poner en marcha uno de los más ambiciosos programas de obras públicas de nuestra historia; que ha logrado, por ejemplo, que en marzo la construcción aumente casi un 11% y que el consumo de asfalto vial anote en dicho mes su pico histórico más alto. En Entre Ríos, en cambio, el endeudamiento es imprescindible no sólo para reprogramar una deuda carísima y de corto plazo sino también para atender el déficit que heredaron de sí mismos y para solventar un aumento insostenible del gasto corriente. 
No es mirando para el costado frente a la propia ineficiencia ni acusando livianamente al gobierno nacional de nuestros males cómo vamos a salir adelante. Más bien, parece necesario reconocer que Entre Ríos carece de un plan estratégico de desarrollo provincial, y que el gobierno debe convocar a todos los sectores políticos, económicos y sociales a participar activamente en la búsqueda de acuerdos amplios y generosos que lo sustenten en el tiempo. Sólo de esa manera podremos avizorar un futuro mejor para todos los entrerrianos.-
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